Votaciones
Lo que votó el Congreso en la LXXVII Legislatura, de la más reciente a la más antigua. Cada ficha muestra el resultado y cómo votó cada diputación, tal como lo publica el Congreso.
966 votaciones · página 26 de 49
Diputación PermanenteDiputación Permanente
Acuerdo administrativo 336
La Diputación Permanente de la LXXVII Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, acuerda enviar un atento y respetuoso exhorto al alcalde del municipio de Guadalupe Lic. Héctor García García, para que, en atención al principio de participación ciudadana y transparencia, brinde audiencia a los vecinos de las colonias colindantes donde se realizará la obra, a fin de que puedan expresar sus inquietudes y propuestas respecto al proyecto de construcción del Hospital en esta zona así mismo se exhorta al Gobierno del Estado de Nuevo León, así como a la Secretaría de Salud del Estado, para que, en atención al principio de participación ciudadana y transparencia, brinden AUDIENCIA PUBLICA a los vecinos de las colonias colindantes donde se realizará la obra, en el municipio de Guadalupe y se exhorta a la Secretaria de Participación Ciudadana del Estado de Nuevo León, para que, en atención al principio de participación ciudadana y transparencia, brinden AUDIENCIA PUBLICA a los vecinos de las colonias colindantes donde se realizará la obra, en el municipio de Guadalupe. Dip. Itzel Soledad Castillo Almanza
La Diputación Permanente votó a mano alzada: el Congreso no publica el voto de cada persona.
Diputación PermanenteDiputación Permanente
Acuerdo administrativo 335
La LXXVII Legislatura del Congreso del Estado del Estado de Nuevo León, se da por enterada del oficio presentado por el C. Mtro. Joel Treviño Chavira, Oficial Mayor del H. Congreso del Estado de Nuevo León, mediante el cual remite los informes de asistencias de los C. Diputadas y Diputados a las Comisiones, Comités y de las Sesiones Ordinarias de Pleno, correspondiente al mes de abril de 2025.
La Diputación Permanente votó a mano alzada: el Congreso no publica el voto de cada persona.
Votación económicaSesión ordinaria
Decreto 113
La Septuagésima Séptima Legislatura Constitucional al H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, estando en lo preceptuado por el Artículo 76 de la Constitución Política Local del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, clausura hoy veintisiete de mayo del dos mil veinticinco, su Segundo Período Ordinario de Sesiones prorrogado, correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional.
Se votó a mano alzada: el Congreso no publica el voto de cada persona.
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 112
Se reforma el segundo párrafo del artículo 1, los incisos f) y h) de la fracción VIII, así como las fracciones IX, X, XI, XII y XIII del artículo 2, las fracciones XLVII y XLVIII del artículo 3, el inciso e) de la fracción I, así como las fracciones IV y V del artículo 11, las fracciones II, IV y V del artículo 14, el primer y segundo párrafo del artículo 18, el artículo 25, el artículo 26, la fracción X del artículo 27, el Capítulo XI denominado “De los Centros de Atención, Protección y Bienestar Animal”, el primer y segundo párrafo del artículo 66, el artículo 69, artículo 70, el artículo 71, el artículo 72, el segundo y el tercer párrafo del artículo 73, los párrafos primero y segundo del artículo 74, el primer y cuarto párrafo del artículo 76, el primer párrafo del artículo 77, el artículo 78, el tercer párrafo del artículo 79, el artículo 81, el artículo 83, el artículo 84, el artículo 85, el primer párrafo del artículo 85 Bis, el artículo 86, el primer párrafo del artículo 86 Bis, el artículo 95 y la fracción V del artículo 144; se adicionan las fracciones XLIX y L del artículo 3, el inciso f) de la fracción I, así como las fracciones VI, VII y VIII del artículo 11, el segundo párrafo de la fracción II y la fracción VI del artículo 14, el Capítulo III Bis denominado “De los animales de compañía convencionales en establecimientos amigables”, que comprende los artículos 16 Bis, 16 Bis 1 y 16 Bis 2, el segundo, tercero, cuarto y quinto párrafo del artículo 36, así como las fracciones I, II, III, IV, V del primer párrafo y un párrafo tercero del artículo 66, el segundo párrafo del artículo 69, el cuarto párrafo del artículo 73, el Capítulo XXI denominado “De los establecimientos amigables con animales de compañía” que comprende los artículos 149 y 150, todos de la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León
41 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 1 ausentes
Votación económicaSesión ordinaria
Acuerdo 95
Con fundamento en los Artículos 96 fracción XVII y 193 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y para los efectos del Artículo 16 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se recibe la Protesta de Ley del C. Fernando Aguirre Flores, como Diputado Suplente en Ejercicio, en sustitución del C. Diputado Propietario Rafael Eduardo Ramos de la Garza, a partir del día 15 de mayo de 2025.
Se votó a mano alzada: el Congreso no publica el voto de cada persona.
Votación económicaSesión ordinaria
Acuerdo 94
Con fundamento en los Artículos 96 fracción XVII y 193 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y para los efectos del Artículo 16 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se recibe la Protesta de Ley de la C. Bertha Alicia Garza Elizondo, como Diputada Suplente en Ejercicio, en sustitución de la C. Diputada Propietaria Ivonne Liliana Álvarez García, a partir del día 1 de mayo de 2025.
Se votó a mano alzada: el Congreso no publica el voto de cada persona.
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 111
Se reforman los artículos 265 y 266 de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León y se reforma la fracción VII del artículo 2 y el segundo párrafo del artículo 10; se adiciona la fracción VI Bis 2 al artículo 10, todos de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León
22 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 20 ausentes
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 110
Se reforma el Artículo Noveno y el Artículo Segundo Transitorio, del Decreto Número 070 publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León en fecha 18 de febrero de 2025
29 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 13 ausentes
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 109
Se reforma el Artículo Octavo del Decreto Número 68 publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León en fecha 17 de febrero de 2025
29 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 13 ausentes
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 108
Se reforma por modificación el artículo 15 y el artículo Séptimo Transitorio de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2025
31 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 11 ausentes
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 107
Se REFORMA el Artículo 46, la fracción III y IV del Artículo 92, el segundo párrafo de la fracción IV del Artículo 94, la fracción VII y VIII del Artículo 94, el Artículo 294, el primer párrafo del Artículo 308, la fracción IV del Artículo 394, el Artículo 1414, el segundo y tercer párrafo del Artículo 2211 y el Artículo 2346 y se ADICIONA una fracción V al Artículo 92, un tercer párrafo a la fracción IV del Artículo 94, una fracción IX al Artículo 94, un segundo párrafo a la fracción VIII del Artículo 156, un Artículo 309 Bis, un tercer y cuarto párrafo al Artículo 321 Bis 3, un último párrafo al Artículo 390, un Artículo 393 Bis, un segundo párrafo al Artículo 1427, un Artículo 1813 Bis, un Artículo 1813 Bis I, un Artículo 1813 Bis II, un Artículo 1813 Bis III, un último párrafo al Artículo 2211 y un Artículo 2346 Bis todos del Código Civil para el Estado de Nuevo León
32 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 10 ausentes
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 106
Se reforman las fracciones I, II y III del artículo 4, las fracciones XXI y XXII del artículo 5, las fracciones III, V y IX del artículo 6, la fracción I del artículo 14 Bis, el quinto párrafo del artículo 22, la fracción XXI Bis del artículo 24 Bis 2, la fracción XIII del artículo 24 Bis 3, las fracciones XII y XIII del artículo 26, la fracción XIV y XV del artículo 28, las fracciones XXVIII y XXIX del artículo 31, las fracciones XII y XIII del artículo 32, las fracciones XX y XXI del artículo 33, las fracciones I, IX y X del artículo 35, las fracciones XIV y XV del artículo 37, las fracciones V y VI del artículo 40, la fracción VII del artículo 41, las fracciones XIV y XV del artículo 43, las fracciones IX y X del artículo 45 y las fracciones VI, VII y VIII del artículo 50; y se adiciona un segundo párrafo al artículo 2, las fracciones IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI al artículo 4, las fracciones XXIII, XXIV y XXV al artículo 5, las fracciones II, III, IV y V al artículo 14 Bis, el artículo 16 bis I, el noveno párrafo al artículo 22, la fracción XXI Bis I al artículo 24 Bis 2, fracción XIII Bis al artículo 24 Bis 3, una fracción XIV al artículo 26, las fracciones XVI y XVII al artículo 28, las fracciones XXX, XXXI y XXXII al artículo 31, las fracciones XIV, XV, XVI, XVII y XVIII al artículo 32, una fracción XXII al artículo 33, las fracciones XI, XII y XIII al artículo 35, una fracción XVI al artículo 37, una fracción VII al artículo 40, las fracciones XVI y XVII al artículo 43, un artículo 43 Bis I, una fracción XI al artículo 45, una fracción IX al artículo 50, todos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
32 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 10 ausentes
Votación por cédulaSesión ordinaria
Acuerdo 93
Se integra la Diputación Permanente que fungirá dentro del receso correspondiente al Segundo Periodo Ordinario de Sesiones correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LXXVII Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León
Votación por cédula (secreta): el Congreso no publica el voto de cada persona.
Votación económicaSesión ordinaria
Acuerdo 92
Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 96 fracción XVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se recibe la Protesta de Ley, del C. Carlos Eduardo Mendoza Cano, como Consejero de la Judicatura del Estado de Nuevo León, por un período de 3 años, el cual empezará su encargo a partir del 30 de mayo de 2025
Se votó a mano alzada: el Congreso no publica el voto de cada persona.
Votación nominalSesión ordinaria
Acuerdo 91
La LXXVII Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León, aprueba la Licencia por tiempo indefinido al C. Diputado Local Propietario Rafael Eduardo Ramos de la Garza, para abstenerse de desempeñar el cargo de Diputado Propietario de esta Legislatura, en los términos del artículo 15, inciso a) del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, sin goce de sueldo, remuneraciones o de las prerrogativas y atribuciones conferidas al mismo a parir del 15 de mayo del 2025
32 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 10 ausentes
Votación nominalSesión ordinaria
Acuerdo 90
La LXXVII Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León, aprueba la Licencia por tiempo indefinido a la C. Diputada Local Propietaria Ivonne Liliana Álvarez García, para abstenerse de desempeñar el cargo de Diputada Propietaria de esta Legislatura, en los términos del artículo 15, inciso a) del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, sin goce de sueldo, remuneraciones o de las prerrogativas y atribuciones conferidas al mismo a parir del 1 de mayo del 2025
32 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 10 ausentes
Votación económicaSesión ordinaria
Acuerdo administrativo 333
La LXXVII Legislatura al H. Congreso del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del artículo 46 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se dan de baja, diversos expedientes de las comisiones de dictamen legislativo cuya relación se anexa al presente acuerdo del mes de abril
Se votó a mano alzada: el Congreso no publica el voto de cada persona.
Votación nominalSesión ordinaria
Acuerdo administrativo 332
La LXXVII Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en el artículo 96 fracción IV de la constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, acuerda realizar un atento y respetuoso exhorto a los 51 municipios del Estado, para que en el ámbito de su competencia implemente acciones en calles y espacios públicos con la finalidad de erradicar la violencia de género en la vía pública mediante la ejecución de programas específicos como “Senderos seguros”. Y aprueba la celebración de una Mesa de Trabajo a cargo de las comisiones unidas de para la Igualdad de Género y de Infraestructura y Desarrollo Urbano sobre el tema del cumplimiento al punto 2 de las medidas de seguridad de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres relativo a la recuperación de espacios públicos para disminuir la violencia de género con la finalidad de revisar el marco legal para robustecerlo y así coadyuvar a disminuir la violencia de género. A dicha mesa se invitará a la Secretaría de las Mujeres del Gobierno del Estado, a las instancias municipales de las mujeres de los municipios que cuenten con Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, así como colectivos y especialistas en urbanismo y gestión del espacio público con perspectiva de género
25 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 17 ausentes
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 105
Se reforma el artículo 206 de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León
30 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 12 ausentes
Votación nominalSesión ordinaria
Decreto 104
Se reforman la fracción VII del artículo 15; la fracción XIII del artículo 21; el inciso b) y c) de la fracción I y la fracción III y IV del artículo 35; y se adicionan una fracción XIV al artículo 21; una Sección Cuarta denominada “Después del Parto” al Capítulo III que contiene un artículo 23 bis; un inciso d) a la fracción I, y una fracción V al artículo 35; un Capítulo VIII denominado “De la Atención Integral y el Cuidado de la Salud Mental de la Mujer en Casos de Duelo por Pérdida Gestacional o Perinatal” que contiene los artículos 45, 46 y 47, todos de la LEY DE PROTECCIÓN AL PARTO HUMANIZADO Y A LA MATERNIDAD DIGNA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
31 a favor · 0 en contra · 0 abstención · 11 ausentes